Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
II.3
II.3 El 4 de octubre de 2002, se llena la ficha del recurrente sobre declaración jurada e identificación de Directores 228, figurando en la casilla de observaciones la nota en sentido de que su postulación fue rechazada por discontinuidad en esas funciones, constando al pie de ese documento la firma del demandante (fs. 46).