SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2003-R

Fecha: 24-Nov-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Los recurrentes afirman que se han vulnerado los derechos de su representado a la seguridad jurídica, a la petición, a la defensa y al debido proceso, previstos por los arts. 7.a) y h); 16.II y IV CPE de su representado, argumentando que éste ha sido condenado a cuatro años de privación de libertad por estelionato, dentro de un proceso en el que el Fiscal de Materia no debió intervenir al haber sido denunciado por el abogado del imputado, pese a lo cual el Fiscal de Distrito no dio curso a la recusación solicitada; los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia no orientaron a los ciudadanos respecto a la inexistencia de hipoteca, por el contrario los indujeron a condenar a su representado, no obstante que el contrato de anticresis es un acto civil y no penal; la Sala Penal Segunda de la Corte Superior en apelación, no consideró sus fundamentos, afirmando que no se reclamó oportunamente los defectos en el juicio; y finalmente, la Sala Penal de la Corte Suprema declaró inadmisible su recurso de casación, incurriendo en las mismas violaciones que los tribunales inferiores. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.