SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1708/2003-R

Fecha: 24-Nov-2003

III.2

III.2          Respecto a la actuación de los fiscales de Materia y de Distrito recurridos, corresponde declarar improcedente el recurso en aplicación del principio de inmediatez del amparo constitucional, por cuanto según se tiene informado en antecedentes, el imputado solicitó la recusación del Fiscal Kestenbaum el 13 de mayo de 2002, la que fue rechazada por su superior jerárquico el 17 del mismo mes y año, por lo que si aquel consideraba dicho rechazo era lesivo a sus intereses y no teniendo otro medio legal para reclamar, debió interponer el recurso en forma inmediata y no después de más de un año de que el Fiscal cuestionado sustentara la acusación en el juicio oral que ha sido celebrado el 5 de septiembre de 2002, aspecto que inviaviliza el recurso por extemporáneo e impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada. En ese sentido se ha pronunciado éste Tribunal en innumerables Sentencias, citando para el efecto las siguientes: 140/1999-R, 270/1999-R, 525/2000-R, 091/2001-R, 217/2001-R, 568/2001-R, 768/01-R, 005/2002-R, 481/2002-R, 544/2002-R, 514/2002-R,  492/2002-R, 1438/2002-R; 0084/2003-R; 0546/2003-R; 0603/2003-R; 0707/2003-R, 00775/2003-R, 1155/2003-R y 1215/2003-R.