SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1722/2003-R
Fecha: 25-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Sostiene el recurrente que fue sometido a juicio oral y público en el que fue favorecido con sentencia absolutoria por el voto de los jueces ciudadanos y la disidencia de los jueces técnicos y dio lugar a que el Ministerio Público y la parte civil apelen, arguyendo que dicha sentencia no se ajustaba a derecho, sin solicitar un nuevo juicio y; el Tribunal de alzada encontrando errores en la sentencia determinó la nulidad del juicio, sin especificar si dicha nulidad es total o parcial, dejando a la interpretación del Tribunal que vaya a conocer del mismo, lo que lo pone en una inseguridad jurídica y vulnera el debido proceso. Por tanto corresponde en revisión, determinar si tales extremos dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 CPE.