SENTENCIA CONSTITUCIONAL 118/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 118/2003

Fecha: 16-Dic-2003

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, impugnan la Resolución Ministerial 625/03 de 26 de septiembre, emitida por el Ministerio de Trabajo y Microempresa, por considerar que fue emitida sin jurisdicción ni competencia, al ser un órgano administrativo que no es competente para dejar sin efecto Laudos Arbitrales, puesto que éstos sólo pueden ser observados en la vía jurisdiccional, incurriendo de esta manera en la nulidad establecida en la norma prevista por el art. 31 CPE. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y resolver si las autoridades recurridas tenían jurisdicción y competencia para emitir la indicada resolución o por el contrario, han incurrido en la nulidad prevista en las normas de los arts. 31 CPE y 79.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar fundado o infundado el recurso.