Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 118/2003
Fecha: 16-Dic-2003
Willan B. Hurtado Paredes y Mario L. Pereira, Secretarios Ejecutivos del Sindicato de Trabajadores Universitarios (S.T.U.) de la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno (UAGRM)
En el recurso directo de nulidad interpuesto por Willan B. Hurtado Paredes y Mario L. Pereira, Secretarios Ejecutivos del Sindicato de Trabajadores Universitarios (S.T.U.) de la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno (UAGRM) contra Guido Meruvia Gutiérrez Ministro a.i. de Trabajo y Microempresas y Adalberto Kuajara Arandia, Ministro titular de Trabajo y Microempresas, demandando la nulidad de la Resolución Ministerial 625/03 de 26 de septiembre de 2003.
- Willan B. Hurtado Paredes y Mario L. Pereira, Secretarios Ejecutivos del Sindicato de Trabajadores Universitarios (S.T.U.) de la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno (UAGRM)
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- Auto Constitucional (AC) 473/2003-CA de 9 de octubre
- a)
- II.1
- II.2
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5