SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1744/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que fue detenido preventivamente y condenado por el juez recurrido en base a diligencias de policía judicial viciadas de nulidad absoluta, porque ellas fueron elaboradas sin la dirección del representante del Ministerio Público, por lo que al tenor de los arts. 20 al 24 Ley 1469, vigente al momento de elaborarse las mismas, son nulas de pleno derecho y no pueden surtir efecto legal alguno, que así se ha establecido por la jurisprudencia vinculante en el caso de Pedro Gastelú Guillén contra Winner Barriga Molina y otros, y concluye denunciando que se encuentra indebidamente detenido o privado de su libertad. Por tanto, corresponde determinar si tales aseveraciones son evidentes y ameritan la protección que brinda el art. 18 CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad física o de locomoción
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APROBAR