SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1751/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
improcedente
La Resolución 198 de 17 de septiembre de 2003 (fs. 60 y vuelta), de acuerdo con el requerimiento del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso, con costas, con el siguiente argumento: El proceso donde se genera el recurso de amparo constitucional, fue iniciado con el antiguo Código de procedimiento penal, se ha dictado la resolución, la sentencia correspondiente y se ha aplicado la pena con el viejo código, continúa el razonamiento e indica que posteriormente, (...) ha sido tramitado un recurso igualmente de amparo constitucional, sobre lo mismo que se está pidiendo en este amparo. Dicho amparo anterior fue resuelto por Sentencia Constitucional (SC) 0871/2003, es decir el mes de junio de este año, donde el tribunal a resuelto el caso indicando que la aplicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal no es el idóneo, sino tiene que continuar con el antiguo Código de procedimiento penal.