SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1767/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
II.3
II.3 El 7 de noviembre de 2002, el querellante apela del Auto final de la instrucción (fs. 36). Radicada la causa en el tribunal de alzada, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba de acuerdo con el requerimiento fiscal, pronuncia el Auto de Vista de 10 de abril de 2003, que confirma el Auto final de la instrucción respecto a los co- imputados Juan Roberto Pinto Castro y Francisca Castro de Pinto y revoca el Auto apelado con relación a la imputada Milka Gioconda Paredes de Pinto determinando su procesamiento por el delito de estelionato previsto por el art. 337 CP, confirmado su sobreseimiento por el delito de estafa (fs. 53).