Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1778/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.2.
II.2. El 15 de enero de 2003, Agustín Rojas Avilés (cónyuge de la recurrente), se presentó espontáneamente ante la autoridad judicial, a efectos de poner en su conocimiento de la existencia de tentativas adelantadas en cuanto a la compra del camión, con su propietario Guillermo Olivera Vargas; además que el día de los hechos, el vehículo fue confiado al chofer Carlos Suárez, quien lo entregó sin motivo alguno a Baldesemir Morales Almendras (fs. 31). II.3.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la facultad procesal de formular un incidente en el que se debata la calidad de los bienes, corresponde únicamente a sus propietarios
- cuando se alegue el desconocimiento de que el bien fue utilizado como objeto del delito
- III.2.
- APROBAR