SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1802/2003 - R
Fecha: 05-Dic-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Que, el 8 de septiembre de 2003, fueron detenidos Isidro Terrazas Romero, boliviano, que a la fecha se encuentra en libertad por presunción de minoridad y Rubén Pozo Valeriano de nacionalidad peruana, habiendo el primero manifestado que la mochila con sustancias controladas que portaba le fue entregada por dos personas de nacionalidad peruana, pero en su declaración informativa corrigió dicho extremo indicando que nunca los vio, refiriéndose a que lo habían obligado a sindicarlos, además expresó que quien le entregó la mochila fue el co-detenido, quien a su vez dijo que lo contrató otra persona, pero pese a todo ello, el 10 del mismo mes, el recurrido juez en base al informe del Sargento Segundo Santos Moreno Silva, dispuso que sean detenidos preventivamente, sin tomar en cuenta que dicho informe fue obtenido ilegalmente y en franca vulneración de los arts. 71 y 92 del Código de procedimiento penal (CPP), de modo que con esa decisión se vulneró el art. 167 CPP, por lo que buscando su anhelada libertad apelaron ante la Sala Penal y Administrativa, al no haberse observado el art. 233-1) CPP; sin embargo, los recurridos como miembros de dicha Sala vulneraron también las normas legales argumentando que existían elementos de convicción suficientes porque no contaban con trabajo ni domicilio en el país, siendo que la apelación estaba basada en que la prueba era ilegal y la denuncia no manifestaba nada.