Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1802/2003 - R
Fecha: 05-Dic-2003
II.2
II.2 Al día siguiente 9, en su declaración informativa el boliviano, declaró tener 16 años, que fueron parados y revisados por la Policía en la hora referida, que no conocía a los recurrentes y que su pasajero (peruano), le decía que se pase sin parar en el lugar del control (fs. 12-13). Por su parte, los recurrentes en su declaración confirmaron la hora ya referida y que no conocían al supuesto menor, así también señalaron que habían traído cierta cantidad de dinero para realizar su trámite de nacionalización y quedarse en Bolivia (fs. 14, 15-16).