SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1853/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1853/2003-R

Fecha: 12-Dic-2003

III.1

III.1          Por los antecedentes procesales, se constata que los recurrentes solicitaron a los Jueces del Tribunal de Sentencia Nº 2, señalamiento de audiencia para el ofrecimiento de la fianza fijada como medida sustitutiva a la detención preventiva de Alfredo Arnez Vargas y se considere la cesación de la detención de Grover Arnez Vargas. Señalado y realizado este actuado procesal las autoridades jurisdiccionales a pedido del Ministerio Público, alegando pérdida de competencia al haber sido apelada la sentencia de primera instancia y radicada en el Tribunal de alzada, suspendieron la audiencia para resolver las medidas cautelares, disponiendo que los recurrentes   realicen su petición ante la Sala respectiva para que comisione a dicho Tribunal la resolución de las medidas cautelares solicitadas, en cumplimiento a la circular 21/2000 emitida por la Corte Suprema cuyo párrafo 2.4 indica: “ Cuando la causa se halle radicada ante la Corte Suprema o ante alguna Corte Superior de Justicia, las solicitudes para la aplicación del régimen cautelar se plantearan ante éstas o ante el Tribunal que pronunció la sentencia. en el primer caso la Corte suprema o Corte Superior de oficio remitirán fotocopias legalizadas de las piezas necesarias al Juez o Tribunal para su resolución”.