SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1858/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1858/2003-R

Fecha: 12-Dic-2003

II.2

II.2           En ejecución de sentencia, el Juez de la causa mediante proveído de 16 de mayo de 2001, concede el término de treinta días para que los ocupantes del inmueble -la ejecutada y su hijas, según el informe de la Oficial de Diligencias prestado en cumplimiento a lo dispuesto por decreto de 8 de mayo de 2003- entreguen el mismo a su propietaria, bajo prevención de lanzamiento. (fs. 31).