Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1869/2003-R
Fecha: 15-Dic-2003
II.4.
II.4. Delicia Justiniano vda. de Vaca Diez, mediante escrito presentado el 30 de noviembre de 2002 (fs. 308 y 309), solicitó al Juez del interdicto, decline competencia al existir un proceso idéntico ante la judicatura agraria. Por Auto de 12 de mayo de 2003 (fs. 319), el Juez hoy recurrido declaró “no ha lugar” a lo solicitado. Contra esta determinación la interesada no planteó recurso alguno.