Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
II.3
II.3 Con el mandamiento de comparendo emitido el 10 de junio de 2000, se constituyó el Oficial de Diligencias en la Av. (ilegible) 381, lugar en el que se le señaló que no vivía en el mismo la querellada (fs. 19 vta.); nuevamente el 09 de abril de 2001 el Oficial de Diligencias del Juzgado volvió al domicilio indicado de Av. Argentina 381, lugar en el que constató que funciona una oficina, habiéndosele indicado que no conocen a la mencionada imputada (fs. 25).