SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2003-R

Fecha: 17-Dic-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, declaró procedente el recurso, disponiendo la nulidad de obrados hasta la audiencia de apertura de debates y la inmediata libertad de la recurrente, con los fundamentos siguientes: a) que, para restringir la libertad, debe tramitarse un debido proceso, en el que el procesado haya podido defenderse; b) que, de los datos del expediente se evidencia vulneración al derecho a la defensa de la recurrente, porque hay apertura y clausura de debates sin haberse realizado debate alguno; c) que, no basta el mero acto de presencia del abogado defensor de oficio, sino que es necesario una defensa efectiva que en la especie no se dio; d) que, en consecuencia, el mandamiento de condena dictado y ejecutado en contra de la recurrente, emerge de un proceso penal tramitado con vicios de nulidad y; f) que, no puede invocarse cosa juzgada, cuando en un proceso se afecta el contenido esencial de un derecho fundamental