Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2003
Fecha: 05-Feb-2003
B) La Ley 1600
B) La Ley 1600, crea el Sistema de Regulación Sectorial (LSIRESE), el cual es insertado como parte del Poder Ejecutivo, bajo tuición del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, regido por la Superintendencia General y las Superintendencias Sectoriales, dentro de ésta, la de Transportes.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1.3. Alegaciones de la parte recurrida
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.1.
- consiste en la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico-administrativo no privativas del Poder Ejecutivo a nivel Nacional.
- en la prestación de servicios en forma directa y cercana a la población
- quedan excluidos del alcance de los artículos 9º, numeral 4) 72º y 73º
- 1)
- que la prestación de estos servicios públicos que realice el Sistema de Regulación Sectorial en las jurisdicciones municipales, serán compatibilizadas y coordinadas con las normas de desarrollo urbano emitidas por los gobiernos municipales respectivos
- B) La Ley 1600
- Artículo 1
- C)
- 7. Organizar y reglamentar en coordinación con la Policía Nacional, el tránsito y vialidad de su jurisdicción
- “I. DE COORDINACION
- II. DE CONCURRENCIA
- III. DE SUBSIDIARIEDAD
- b)
- a la seguridad, a la vida y a la integridad corporal
- 3. Se ordena al Servicio Departamental de Transito, a la Superintendencia Sectorial de Transporte y al Municipio de Santa Cruz, a reunirse en el término perentorio de diez días