Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2003-R
Fecha: 24-Feb-2003
II.4
II.4 El 25 de octubre de 2002, el Alcalde recurrido dirige la nota 874/02 al Administrador del Club “Independiente”, señalando que Eddy Medina Aranda, quien trabaja con la amplificación “J&M”, realiza fiestas sin autorización municipal, por lo que hace conocer que de seguir permitiendo que éste efectúe fiestas en dicho Club, se verá en la obligación de incluirlo en el proceso penal interpuesto contra Eddy Medina (fs. 6).