Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2003-R
Fecha: 24-Feb-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) el recurrente fue debidamente procesado y sentenciado por autoridad competente a cumplir una pena; 2) la concesión o no del beneficio de suspensión condicional de la pena no es imperativo según se colige de la previsión contenida en el art. 365 CPP; 3) la negativa de la concesión del beneficio no fue impugnada por los medios ordinarios y el recurso no puede suplir la omisión en que incurrió la defensa del procesado.