Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0259/2003 - R
Fecha: 28-Feb-2003
I.2.1
El abogado de las recurrentes ratificó los fundamentos del recurso y los amplió indicando que se las pretendió juzgar indebidamente aplicándoles una sanción que no les correspondía y que conforme al art. 37 LEFP, las Resoluciones Administrativas Definitivas dictadas por el Superintendente de Servicio Civil son de ejecución inmediata y de cumplimiento obligatorio, sin embargo el recurrido aún habiendo sido notificado con la Resolución Administrativa SSC/IRJ/054 se niega a darle cumplimiento.
- Esther Villarte Yucra de Lazo y Felicidad Apaza Cossio
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Ivo Arias Bustios, Prefecto y Comandante General del Departamento de Oruro;
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- Fragmento 13
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA