Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
II.5
II.5 Que instalada la audiencia la fecha señalada, al presentarse únicamente el abogado y apoderado de la recurrente para dicho acto, el Juez dictó Auto con los argumentos expuestos en su informe disponiendo que se deje sin efecto el decreto que ordenó se libre el mandamiento de libertad “dejando subsistente en consecuencia el mandamiento de aprehensión ordenado” para que asista a la audiencia de calificación de fianza (fs. 372-374).
- María Alejandra Manzoni Cicero
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Carlos Eduardo Gómez Rojas, Juez Primero de Instrucción en lo Civil, en suplencia legal de la Jueza Liquidadora de Instrucción en lo Penal,
- (fs. 461-463)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA