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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2003-R

    Fecha: 28-Feb-2003

    II.2.

    II.2. Que, dicho requerimiento en la misma fecha, es decir en 31 de enero de 1996, es recibido por el Secretario de Cámara de la Sala Penal de la Corte Superior del Beni, que señala que pasa al Juzgado de Instrucción en lo penal (fs. 5 vta.); el Oficial de Diligencias de la mencionada Sala en 05 de febrero de 1996 lo pasa a conocimiento del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal (fs. 5 vta. y 6).

    • Rubens Rivarola Muñoz por Maria Lourdes Salces Vargas
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • Fragmento 3
    • a)
    • procedente
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • el rechazo de la solicitud de prescripción de la acción no incide directamente en la libertad del recurrente
    • III.3.

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