Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
procedente
Concluida la audiencia la Jueza de Partido Liquidadora de Trinidad, en desacuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 16 de enero de 2002, que corre a fojas 26-28, que declara procedente el recurso, en lo referente al art. 117 LOJ, no así con relación a la prescripción demandada, con estos fundamentos: a) no se ha dado cumplimiento al art. 117 LOJ, por cuanto en el caso se desconoce a qué Juzgado correspondía distribuirse la causa, como se observa a fs. 5 vta. y b) respecto a la prescripción, ésta ha sido rechazada por el Juez y está en apelación, no siendo el hábeas corpus un recurso que sustituya a otros que se encuentran previstos por Ley.