Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 164/2003- R
Fecha: 14-Feb-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz en desacuerdo con el requerimiento Fiscal declaró procedente el recurso con el fundamento de que pese a que es el Juez de Ejecución Penal la autoridad competente para efectivizar la ejecución diferida de la pena impuesta a la representada conforme a los arts.19 de la Ley 2298 y 55 CPP, la recurrida debió darle cumplimiento al mandamiento.