SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0297/2003-R
Fecha: 12-Mar-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 11 de diciembre de 2002 (fs. 102-104), los recurrentes manifiestan que la Línea 7 que representan fue objeto de distintos abusos por parte del Directorio de la Cooperativa 25 de Enero Ltda., habiendo ordenado el recurrido el avasallamiento de su línea por parte de la Línea 1 de Trufis, causándoles problemas económicos y sociales, por lo que todos estos atropellos fueron puestos en conocimiento el 7 de noviembre de 2002 a la Directora Regional del INALCO, pidiendo su intervención para evitar que se sigan cometiendo estos actos de corrupción y malos manejos de la Cooperativa y que se obligue al recurrido a dar un detalle del destino de los aportes diarios de los 243 socios durante estos ocho años y les haga conocer el informe de auditoría.
Por los motivos señalados, el 30 de noviembre de 2002 a horas 9:00, el recurrido con un grupo de socios con armas blancas y contundentes, les encerraron en un cuarto de la sede de la Cooperativa, siendo liberados más tarde después de recibir una buena golpiza, hecho con el que se inició la intención de expulsarlos de su fuente de trabajo, privándoles de sus vehículos, sede, mobiliario y otros bajo el argumento de que pidieron la intervención del INALCO y su desafiliación de la Cooperativa 25 de Enero. Desde ese día sufren un constante acoso en su trabajo, y no pueden cumplir los horarios trazados ya que el recurrido se presenta al mando de otros socios para impedir la salida de los vehículos, el uso de sus oficinas y el libre tránsito por su ruta, para por último, determinar su expulsión en irrespeto de los Estatutos, en la ilegal Asamblea Extraordinaria del 6 de diciembre a la que no fueron citados, en la que trataron como punto único la situación de la Línea 7.
- Ananías Galindo Panozo, Casto Umaña Alvarado, Néstor Rodríguez Rocha, Félix Garnica Choque y Rider Sánchez Chambi, Presidente y Miembros de la mesa Directiva de la Línea 7 dependiente de la Cooperativa de Transporte 25 de Enero Ltda. ,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- José Cedil Méndez Presidente de la Cooperativa de Transporte 25 de enero Ltda.,
- tienen derecho propietario sobre esa línea, sin que la Cooperativa les pueda privar del uso y goce de ese derecho
- I.2.2. Informe del recurrido
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- APROBAR