SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2003- R

Fecha: 18-Mar-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que fue detenida el 3 de mayo de 2002 en un operativo antinarcótico en presencia del Fiscal de Materia Adscrito a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) del Distrito de La Paz, pero hasta la fecha y después de haber transcurrido más de 6 meses sólo quedó ella y otro detenido, pues los otros tres fueron puestos en libertad por requerimiento de sobreseimiento, de modo que sigue detenida injustamente en base al art. 48 de la Ley 1008 (L1008) con relación al art. 33 incs. ll) y m) de la misma Ley. Que después del plazo legal referido el recurrido Fiscal, quien no participó en el operativo, presentó acusación y el Juez co-recurrido por decreto de 3 de diciembre de 2002, conminó al Fiscal del Distrito a que en el plazo de 5 días después de su legal notificación acuse, pero no obstante que fue notificado al día siguiente, la conminatoria no fue cumplida sino hasta el 13 de enero de 2003 cuando el Fiscal adjunto presentó acusación; sin embargo, el Juez recurrido sin observar que ya habían transcurrido 1 mes y 6 días después de la conminatoria, no rechazó la acusación ni declaró extinguida la acción penal, como debió hacerlo, dando correcta aplicación al art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), razón por lo que a la fecha ha cumplido 8 meses y 10 días de detención indebida.