SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0314/2003- R
Fecha: 18-Mar-2003
III.3
III.3 Que habiéndose dilucidado que no existe detención indebida y menos procesamiento indebido, también se ha constatado que no existe vulneración del derecho a la presunción de inocencia, puesto que de acuerdo a la aplicación correcta del procedimiento en principio se ha presentado imputación formal contra la recurrente y luego la acusación mediante el requerimiento conclusivo, estos actos de ninguna manera implican desconocer el estado de inocencia de una persona, sino que son la consecuencia racional de un hecho y posterior investigación del mismo, pues será en el juicio oral, público y contradictorio donde se establecerá la inocencia o culpabilidad de la ahora recurrente, dado que con el requerimiento acusatorio no se le está declarando culpable y autora del delito que se le acusa.
- hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- G. Marco Chambi Mejía, Juez Instructor en lo Penal Cautelar Nº 1 y René Losantos Saravia, Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- , no se ha producido la extinción de la acción penal
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA