Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2003-R
Fecha: 18-Mar-2003
III.3.
III.3. El caso planteado, relativo a una revocatoria ilegal de mandato de Consejero Departamental, se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 CPE, que ha instituido el amparo constitucional para precautelar los derechos y garantías fundamentales de la persona ante los actos ilegales de particulares o funcionarios que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimirlos en su ejercicio.