Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2003-R
Fecha: 19-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El presente amparo es planteado por el actor, alegando que pese a habérsele dado de alta en la Clínica “1º de Mayo”, en la que fue atendido como emergencia de un accidente de tránsito, el recurrido no le permite salir de ese establecimiento, mientras la Compañía de Seguros “24 de Septiembre”, cancele el SOAT por la mencionada atención. Corresponde analizar si en este asunto se debe otorgar la tutela que brinda este recurso extraordinario.
- Teodoro Choque Canaza,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- PROCEDENTE
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- derecho a la dignidad humana.
- el derecho a la dignidad
- libre de abusos
- III.3.
- cuando, existiendo, no le asegure verdaderamente una tutela efectiva e inmediata frente a un daño inminente e irreparable