SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2003-R

Fecha: 25-Mar-2003

II.2.

II.2.    Mediante SC 517/2002-R, de 8 de mayo (fs. 6 a 9), con el fundamento de la falta de legitimidad  activa, el Tribunal Constitucional  revocó la Resolución  de 12 de marzo de 2002 del Juez de Partido de Familia de Quillacollo, y declaró improcedente el recurso de amparo formulado por Raúl Orozco Rodríguez contra Jorge Castro Soto, Presidente del Concejo Municipal de Colcapirhua en esa época. En el mencionado recurso, el actor denunció el doble cobro de haberes del Concejal Fernando Galindo Grandchant, como Concejal Titular y  como General en Reserva activa.

            Nótese que antes de la dictación de la Sentencia Constitucional referida, en atención a la decisión del Juez del recurso, el Concejo Municipal de Colcapirhua emitió la Resolución 023/2002 de 14 de mayo de 2002 (fs. 46), por la que aprobó el informe por minoría de la Comisión de Ética, disponiendo la remisión de los antecedentes de la denuncia presentada por Raúl Orozco Rodríguez  contra Fernando Galindo Grandchant a la Contraloría General de la República para su procesamiento.