Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
II.3.
II.3. A través de la Sentencia de 2 de diciembre de 2002 (fs. 10 a 13), el Juez de Partido Segundo en lo Civil de Quillacollo declaró procedente el amparo constitucional planteado por Aidée Maldonado Claros de López contra Rolando Ojalvo Caballero, Presidente del Concejo Municipal de Colcapirhua y dispuso se procese la denuncia de doble percepción de sueldos del Estado por parte del ahora representado de la recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no procedieron conforme a la normativa municipal vigente, por cuanto se ha suspendido en forma tácita
- es a todas luces ilegal,
- III.3.
- III.4.
- , APRUEBA