Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
II.8.
II.8. Silvia Alcira Zapata Cejas, en representación de Fernando Galindo Grandchant, por escrito presentado el 12 de diciembre de 2002 (fs. 25), solicitó la reconsideración de la suspensión ilegal del indicado Concejal. El co-recurrido Rolando Ojalvo Caballero, como Presidente, por decreto de 13 de diciembre (fs. 25 vta.), expresó que “por determinación de los Concejales Carlos de Ugarte y César Padilla, se rechazó la solicitud” del ahora recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no procedieron conforme a la normativa municipal vigente, por cuanto se ha suspendido en forma tácita
- es a todas luces ilegal,
- III.3.
- III.4.
- , APRUEBA