SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
II.5.
II.5. De acuerdo al acta 88 de sesión ordinaria de 3 de diciembre de 2002 (fs. 16 a 19), realizada con la presencia de los Concejales Rolando Ojalvo, Presidente, Vilma Gonzáles, Carlos de Ugarte y César Padilla, luego de tratar diversos temas, se dio lectura al memorial de Aidée Maldonado solicitando su habilitación como Concejala, “en mérito a la Sentencia de 02/12/2002”, frente a lo cual, el Presidente legalmente elegido, con el desacuerdo de los Concejales Carlos de Ugarte y César Padilla, mediante Resolución 041/2002 de 3 de diciembre (fs. 15), resolvió, “en cumplimiento de la Sentencia de amparo constitucional de 02/12/2002 y Auto de complementación y enmienda de 03/12/2002”, la apertura de proceso administrativo interno contra el Concejal Fernando Galindo Grandchant, a ser sustanciado por la Comisión de Ética, y la remisión a esa instancia, de los antecedentes del caso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no procedieron conforme a la normativa municipal vigente, por cuanto se ha suspendido en forma tácita
- es a todas luces ilegal,
- III.3.
- III.4.
- , APRUEBA