Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma estar indebidamente detenido en razón a que por una parte, el fiscal recurrido, sin citarlo previamente, solicitó a la Jueza recurrida expida mandamiento de aprehensión para que preste su declaración informativa, pero sin recibirle la misma, lo imputó formalmente pidiendo su detención preventiva, actuado que no consta en el cuaderno de investigaciones. Por otra parte, la Jueza demandada ordenó su detención preventiva sin cumplir las formalidades legales y sin reparar en la inexistencia de su declaración informativa. Corresponde determinar si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del hábeas corpus.
- recurso
- I.1.1
- I.2.2. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. 1
- formalizará la imputación requiriendo al juez de la instrucción la detención preventiva, dentro de las veinticuatro horas desde que tomó conocimiento de la aprehensión
- III.2
- III.3