Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2003
Fecha: 29-Abr-2003
II.1.
II.1. Que dentro del proceso ejecutivo sobre cumplimiento de obligación seguido por el Arzobispado de Sucre contra Humberto Sarsuri Mancilla y Francisca Quenta Aguilar de Sarsuri, el 30 de septiembre de 2002 se dictó sentencia declarando improbada la demanda (fs. 194 vta.-195). Contra este fallo, la parte demandante interpuso apelación que fue concedida en efecto devolutivo (fs. 199-202, 208).
- Ricardo Ernesto Centellas Guzmán en representación del Arzobispado de Sucre
- I.1.1 Relación sintética de los hechos que motivan el recurso.
- contra Juan José Gonzáles Osio y Oscar Barrios Sánchez, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Chuquisaca,
- y
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- 2) De las sentencias
- Fragmento 11
- computables desde la fecha en que se sorteare el expediente
- III.2
- III.3