SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2003- R

Fecha: 09-Abr-2003

II.1.

II.1. Que, remitido el expediente al Juez del Recurso, esta autoridad por decreto de  12 de diciembre de 2002, dispuso que previo a la admisión, el recurrente subsane  la observación  de forma respecto a  indicar el nombre del Director General de Servicios Técnicos Pedagógicos VEIPS del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para su legal citación (fs.  51 vta.),  decreto con el que se notificó por cédula al recurrente en el domicilio procesal señalado a hrs. 10:30 del 13 de diciembre de 2002 (fs. 52).