SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0452/2003- R
Fecha: 09-Abr-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita la tutela de sus derechos fundamentales al trabajo, a percibir una remuneración justa y a la defensa, a la presunción de inocencia y otros consagrados en los arts. 7 inc. d)-j) y 16-I-II CPE, alegando que el item que le correspondía como asesor pedagógico ha sido declarado cesante por los recurridos, lo cual ha confirmado puesto que al apersonarse a cobrar su sueldo del mes de abril su boleta de pago no había sido emitido, lo cual constituye una destitución sin haber sido procesado conforme a ley. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de amparo, corresponde examinar si tales extremos son ciertos y si constituyen un acto ilegal lesivo a los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- Carlos A. Romay Montoya, Director Distrital de Educación y Panfilo Yapu Condo, Director General de Servicios Técnicos Pedagógicos VEIPS del Ministerio de Educación
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- III.3
- ANULA