Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio.
El recurrente, interpone amparo constitucional contra Mario Jerez Calle, Juez de Partido Sexto en lo Civil y Comercial, solicitando sea declarado procedente disponiendo la realización de un nuevo avalúo pericial de acuerdo a la Ley de Municipalidades a fin de que se verifique la extensión superficial real y correspondiente justiprecio.