SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0478/2003-R

Fecha: 09-Abr-2003

III.1

III.1          De los antecedentes procesales, se constata que el recurrente interpone el presente amparo constitucional impugnando el avalúo pericial de los terrenos de la  propiedad de su representado realizado el 11 de octubre de 1999, que afirma no consignó las mejoras introducidas, sobre cuya base el Juez recurrido ha dispuesto el remate y no tomar en cuenta los bienes de dominio público que son de propiedad de la Alcaldía, no obstante de haber sido notificado en 3 de febrero de 2000,  recurso que  ha sido presentado después de tres años, desnaturalizando su esencia, porque uno de los elementos primordiales que caracteriza y es inherente al fundamento mismo del amparo, es precisamente la inmediatez de la protección jurídica que se busca; sin embargo, el recurrente no ha cumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 CPE.