Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
III.2.
III.2. Es necesario dejar claro que el anterior recurso de amparo interpuesto por el actor no tiene identidad de sujetos, objeto ni causa con el presente, dado que fue planteado contra Sarita Philip y Roberto Lichtenfeld, representantes legales de la Empresa RAVI S.R.L., por el despido que sufrió y pedía la restitución a su fuente de trabajo; en cambio ahora el amparo está dirigido contra Vocales de la Corte Superior y la Jueza del Trabajo en cuyo Juzgado se tramitó la demanda laboral, y solicita la nulidad de la Sentencia y el Auto de Vista emitidos en ese juicio. Por ende, no es evidente lo afirmado por la Corte de amparo en el numeral I.2.3.-3) de la presente Sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a más de tomar en cuenta la Sentencia Constitucional aludida, se consideró que el Sindicato de la empresa “Ravi” S.A. no contaba con personalidad jurídica
- por una parte, el recurrente pretende a través de este recurso, impugnar una sentencia constitucional, y por otra, procura que este Tribunal ingrese a apreciar la prueba presentada en el proceso laboral del que emerge este amparo, lo que no le corresponde.
- Los principales dirigentes de
- III.2.
- APRUEBA