Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Sentencia cursante a fs. 60 y 61, pronunciada el 19 de febrero de 2003 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gualberto René Crespo Angulo contra Tomás Molina Céspedes, Marlene Pino de Terán, Vocales de la Sala Social y Administrativa de dicha Corte, y Teresa M. Arana Aracena, Jueza Primera del Trabajo y Seguridad Social, alegando la conculcación de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a reunirse y asociarse para fines lícitos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a más de tomar en cuenta la Sentencia Constitucional aludida, se consideró que el Sindicato de la empresa “Ravi” S.A. no contaba con personalidad jurídica
- por una parte, el recurrente pretende a través de este recurso, impugnar una sentencia constitucional, y por otra, procura que este Tribunal ingrese a apreciar la prueba presentada en el proceso laboral del que emerge este amparo, lo que no le corresponde.
- Los principales dirigentes de
- III.2.
- APRUEBA