Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
II.7.
II.7. La Directora Regional de INALCO, por carta de 3 de febrero de 2003 (fs. 52 y 53), respondió a los recurrentes que las intervenciones se disponen por Resolución Administrativa del Director Nacional de INALCO, “acompañada con la firma del Ministro de Trabajo”, y que había elevado el recurso ante el Director Nacional referido.