SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
III.5.
Entonces, el aludido poder no faculta a los actores a actuar en representación de Elmer Menacho, Carmen Rivera de Severiche, Porfirio Ríos, Carlos Santa Cruz, Jorge Torrez, Elsa Reynaga, Joaquín Suárez, Mery Correa y Teófilo Peña, en virtud de lo que se tendrá por recurrentes solamente a Guillermo Salcedo Rodríguez y Gerardo Julio Franco.
Finalmente, el art. 97-IV LTC señala entre los requisitos de contenido, la precisión de los derechos o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados, que en la especie no han sido señalados por los recurrentes, por lo que la Corte del recurso debió disponer la subsanación de la demanda y en caso de no hacerlo en el plazo de 48 horas, debió rechazarla, conforme dispone el art. 98 LTC. En igual forma debió proceder en cuanto a la observación del Poder adjuntado por los actores.