Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
II.3.
II.3. Por Resolución de 5 de septiembre de 2002 (fs. 169 y 170), el Tribunal Sumariante abrió proceso disciplinario contra la actora por la presunta comisión de la falta prevista por el art. 39-11) de la Ley 1817, trasgresión del art. 37 del mismo cuerpo legal, concordante con el art. 81-c) del Reglamento Específico de Administración de Personal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3.
- II.4. En 7 de octubre de 2002 (fs. 383 a 386), el Tribunal Sumariante dictó Resolución Final
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- puesto que en lo concerniente a la persona que no apela del fallo de primera instancia en este tipo de procesos, el mismo cobra ejecutoria para ella,
- la misma se tiene como cosa juzgada respecto de ella,
- III.3.
- APRUEBA