SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2003-R

Fecha: 22-Abr-2003

III.1.

III.1.  El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir  derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la  Constitución y las Leyes, siempre que no existiera otro recurso legal para dicha protección.

En el caso sometido a revisión, no es posible ingresar a analizar las supuestas irregularidades que la recurrente alega habrían existido en la investigación previa y en la  tramitación  del proceso disciplinario que se le siguió, en atención a que no efectuó reclamo alguno al respecto cuando tuvo oportunidad de hacerlo dentro del mismo proceso, y, al no haberlo hecho ha dejado precluir su derecho a tal fin, sin que pueda utilizar el amparo constitucional como un recurso sustitutivo de los medios y  recursos ordinarios establecidos en la ley.