Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0536/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.6.
II.6. Mediante nota de 4 de febrero de 2003 (fs. 17), el Presidente y la Secretaria del Concejo Municipal de Pailón respondieron a las solicitudes del recurrente expresando que se determinó remitir una consulta al Tribunal Constitucional sobre la forma de proceder ante las inasistencias del Concejal René Mamani Lenys, por lo que habría perdido competencia para resolver cualquier extremo relativo al asunto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- 3) Inasistencia injustificada por más de tres sesiones ordinarias continuas o seis discontinuas en el mes
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA