SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0536/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
IMPROCEDENTE
La Sentencia cursante de fs. 48 vta. a 50, pronunciada el 20 de febrero de 2003 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1) no se han cumplido las condiciones legales para que el Concejal suplente reemplace al titular, puesto que “el Concejal Mamani no ha dejado el cargo bajo renuncia, bajo impedimento definitivo, ni ha sido elegido Alcalde, por consiguiente está protegido por la ley en el ejercicio de su titularidad”; 2) el art. 32 LM determina que el Concejal puede ser procesado cuando no ejerce sus funciones en forma debida, así como puede ser suspendido temporal o definitivamente previo proceso sustanciado de acuerdo a ley; 3) “la inasistencia injustificada por más de tres sesiones ordinarias continuas o seis discontinuas en el mes, debió haber sido objeto de proceso”; 4) los recurridos no han conculcado los derechos del recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- 3) Inasistencia injustificada por más de tres sesiones ordinarias continuas o seis discontinuas en el mes
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA