Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.4
II.4 El Superintendente General del Servicio Civil, por Resolución Administrativa SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002, resolvió revocar la Resolución de 3 de octubre de 2001, y dejando sin efecto el memorando de despido de 12 de octubre de 2001, dispuso la reincorporación del recurrente como Jefe Administrativo del Centro Regional de AASANA Cochabamba y ordenó se remita copia de la Resolución al Director Ejecutivo Nacional de AASANA a objeto de seguir la acción de responsabilidad por la función pública a que hace referencia el art. 44 del Estatuto del Funcionario Público contra el Director Regional de AASANA. (fs. 12-16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Guillermo Sanabria Vásquez, Director Regional de AASANA Cochabamba,
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- no consumó su obligación de dar cumplimiento en forma inmediata a la Resolución Administrativa SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002
- se entiende que ha consentido de manera libre y expresa la resolución pronunciada por el Superintendente recurrido
- SC 29/2003 de 2 de abril del presente año
- III.3.
- III.4.