SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

se entiende que ha consentido de manera libre y expresa la resolución pronunciada por el Superintendente recurrido

Que en el presente caso, dictada que fue la resolución impugnada por la autoridad recurrida, correspondió a AASANA, entidad a la que representa el recurrente, acudir a la vía llamada por ley para impugnar esa determinación dentro del plazo legal, pero al no haberlo hecho así, se entiende que ha consentido de manera libre y expresa la resolución pronunciada por el Superintendente recurrido, razón por la que no se abre la tutela demandada, en aplicación a la previsión contenida en el art. 96-II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) 1836”.